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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 121
OBLIGACIONES RECIPROCAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 121
Aun cuando en un asunto se haya acreditado únicamente el incumplimiento parcial de lo que demanda el actor, si se trata de obligaciones recíprocas, debe reducirse la condena del reo, por haberse operado una compensación o establecerse la condena simultánea de ambas partes al cumplimiento de sus respectivas obligaciones.
Precedentes
Amparo civil directo 78/50. Rendón viuda de García Dolores. 14 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.