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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 434
SOCIEDAD CONYUGAL, BIENES INMUEBLES DE LA, EN RELACION CON TERCEROS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 434
Para que pueda oponerse a terceros la pertenencia de la sociedad conyugal, debe ser esta circunstancia conocida de los terceros, lo cual ordinariamente, sólo acontece si el dominio del bien consta en el Registro Público, inscrito a nombre de la mencionada comunidad y, de este modo, es palpable que no basta que las capitulaciones matrimoniales estén inscritas en el Registro Civil.
Precedentes
Amparo civil directo 3833/49. Cano viuda de Islas Matilde. 9 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.