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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 522
REGISTRO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 522
El Registro busca ante todo la seguridad jurídica, respecto a la certeza del titular de un derecho real sobre un inmueble, como es el de propiedad, por lo que, en el caso, debe prevalecer la compraventa celebrada entre los demandados, por haber éstos inscrito la traslación de la propiedad y reunir el contrato los requisitos materiales y formales que la ley exige al respecto. Se protege mediante el Registro al tercero de buena fe; pues sólo en esa forma se logra evitar la incertidumbre que trae aparejada una situación no definida.
Precedentes
Amparo civil directo 2080/40. Mc. Suiney Alejandro. 15 de junio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Matos Escobedo y Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.