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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385457
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 527
MUTUO, PRUEBA DEL CONTRATO DE (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 527
Si el contrato de préstamo a que se refiere la quejosa debió, para su validez, constar en un documento escrito, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 219 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato y 1322 del Código Civil de la misma entidad, su existencia no era susceptible de demostrarse por el testimonio de terceros.
Precedentes
Amparo civil directo 4643/50. Bonilla María. 16 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.