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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 779
MALA FE, TRASCENDENCIA DE LA, A LOS CAUSAHABIENTES A TITULO UNIVERSAL
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 779
La mala fe, que vicia el derecho de un poseedor o de un adquirente de mala fe, sólo gravita también sobre el cesionario de ese derecho cuando se trata de una transmisión a título universal; pero no cuando ella es a título particular, pues la mala fe es una calidad derivada de una actitud subjetiva, así que aun cuando los herederos la ignoren, por continuarse en la sucesión la personalidad del difunto, gravita sobre ellos ese vicio; pero no ocurre lo mismo en la transmisión a título particular, donde la personalidad del adquirente no trasciende el acto de cesión.
Precedentes
Amparo civil directo 4404/47. Dávila viuda de Ceballos María. 20 de junio de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Disidente: Rafael Matos Escobedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.