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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 828
PRUEBA TESTIMONIAL (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 828
Si la responsable, por considerar que la prueba testimonial rendida por las partes adolecía de contradicciones en el fondo, buscó en otros elementos de convicción la verdad sobre los puntos controvertidos, llegando a la conclusión de que era procedente la acción reivindicatoria ejercitada, esto no significa que al calificar la prueba testimonial se haya desentendido de las reglas que al efecto establece el artículo 411 del código procesal.
Precedentes
Amparo civil directo 443/52. Velasco Cecilia R. 14 de octubre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.