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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385505
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 897
CONFESION FICTA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 897
Si en la réplica simplemente se repite un hecho que no fue admitido por la demandada en su contestación, la ausencia de dúplica no puede fundar en forma alguna una confesión ficta; pues sería contradictorio tener por confesa a la parte sobre hechos que expresamente ha negado en su contestación.
Precedentes
Amparo civil directo 5410/48. Alvarez Lorenzo E. 9 de febrero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.