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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 974
ALIMENTOS, ASEGURAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 974
El aseguramiento de las pensiones alimenticias procede independientemente de que se cobren o no las pensiones, pues la medida es proteccionista para el menor, con el fin de sustraerlo hasta donde es posible de los vaivenes financieros del deudor alimentario, y no es una medida para sancionar la buena o la mala disposición en pagarlas.
Precedentes
Amparo civil directo 8727/46. Villanueva H. Ricardo. 4 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.