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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1015
PRUEBA PERICIAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1015
La prueba pericial está constituida por el conjunto de aportes de carácter técnico producidos por quien, perito en la materia, los hace del conocimiento del Juez a solicitud del mismo o de las partes, para que el órgano jurisdiccional esté en mejor aptitud de emitir su fallo tratándose de materia para él desconocida; es necesaria, en consecuencia, solamente en los casos en que para decidir se requiere un conocimiento técnico, del que carece el juzgador; pero cuando la simple observación, como en el caso, hace concluir que no existe analogía alguna, ni siquiera remota entre dos tipos de letra, la conclusión a que llega el juzgador al sostener que no fue producida por la misma mano, no implica valorización de un dictamen pericial pues dictamen no existe, sino decisión de algo directamente apreciado por el juzgador; es mera apreciación de hechos y situaciones que directamente llegan al conocimiento de quien se decide, sin necesidad de que lo informe el perito.
Precedentes
Amparo civil directo 4730/50. Peña Eliseo. 23 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. La publicación no menciona el nombre del ponente.