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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 18
MANDATO DE PERSONAS MORALES, RATIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 18
Si el apoderado de una persona moral, con anterioridad a la presentación de la demanda formulada en nombre de su poderdante, recibió de éste ratificación del mandato, aun en el caso de que la persona moral otorgante se haya reorganizado antes de esa ratificación, debe estimarse el poder válido y subsistente, para todos los efectos legales, incluso la sustitución del mismo a un tercer mandatario, en los términos del artículo 2574 del Código Civil del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil directo 8590/47. Banco de Cédulas Hipotecarias, S. A. 5 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.