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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 94
ACCIONES, PLURALIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 94
Si el demandante ejercita acciones diversas, tales como la de nulidad de escrituras de compraventa, cancelación de las inscripciones respectivas en el Registro Público de la Propiedad, ejercicio del derecho del tanto, división del condominio y otras, no es agravio reparable en el amparo, que el Juez de Primera Instancia haya omitido el estudio de alguna de dichas acciones por juzgarlo inconducente al resolver sobre las restantes, si el Tribunal Superior, al estudiar el agravio relativo, corrigió el defecto de la sentencia de primera instancia y analizó el alcance de la acción cuyo estudio omitió el inferior.
Precedentes
Amparo civil directo 7729/49. Morales Guzmán Carlos. 16 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.