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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 426
HONORARIOS PROFESIONALES.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 426
Si el actor exigió el pago de honorarios y para ello relató la celebración de un convenio por cantidad fija determinada, no puede reclamar mayor cantidad, ni el tribunal debe condenar al demandado a pagar suma mayor que la establecida por el propio actor en su demanda y según su propia y reiterada afirmación, sin que en tal caso quepan peritajes u otras pruebas para fijar el precio de los servicios profesionales prestados.
Precedentes
Amparo civil directo 1880/49. Solórzano Encarnación María. 3 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. Ponente: Angel González de la Vega.
Tomo CXV, página 1321. Indice Alfabético. Amparo civil directo 1878/49. Seifert Juan. 3 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. Ponente: Angel González de la Vega.