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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 451
PRUEBA TESTIMONIAL EN MATERIA MERCANTIL, VALORACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 451
Aunque el valor de la prueba testimonial queda al arbitrio del Juez, quien nunca puede considerar probados los hechos a que se refiere la declaración si no hay por lo menos dos testigos que sean uniformes, que declaren de ciencia cierta y que den fundada razón de su dicho, ese arbitrio debe estimarse sujeto a que los testigos estén contestes no sólo en los hechos que declaran, sino en las modalidades y circunstancias básicas para la resolución del negocio.
Precedentes
Amparo civil directo 6349/46. García Bruno B. 6 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.