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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 470
PRUEBA PERICIAL (TERCER PERITO EN DISCORDIA).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 470
Si la parte actora manifiesta su conformidad con el dictamen del perito de la demandada, que estima los daños que se reclaman en una cantidad inferior a la fijada por su propio perito, la intervención del tercero en discordia resulta jurídicamente innecesaria e ilógica.
Precedentes
Amparo civil directo 146/51. Schufftan Bernardo. 12 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.