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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 503
BIENES DE INCAPACITADOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 503
Si después de enajenarse bienes de incapacitados, se aduce que la enajenación rebasó los límites de la licencia judicial concedida para llevar a cabo dicha enajenación, pero no se plantea en el juicio la cuestión de nulidad relativa, la ineficacia de la operación no puede hacerse valer de oficio por el juzgador.
Precedentes
Amparo civil directo 5569/50. Gómez Caso Juan J., suc. de. 20 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.