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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 785
PRESCRIPCION, MODO DE COMPUTARLA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 785
Según el artículo 5o., transitorio, del Código Civil vigente, sus disposiciones se aplicarán a los plazos que estén corriendo para prescribir; pero el tiempo transcurrido se computará aumentándolo o disminuyéndolo en la misma proporción en que se haya aumentado o disminuido el nuevo término fijado por el mismo Código.
Precedentes
Amparo civil directo 3939/43. Robles de Uriza Isabel. 7 de noviembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.