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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385619
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 786
PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 786
La prescripción se interrumpe no sólo por una demanda en forma; sino por cualquier otro género de interpelación judicial, tal como sucede en la especie, o sea el escrito inicial de las diligencias promovidas, en el que claramente se precisa que la promovente tiene derechos hereditarios sobre el bien de que se trata, y va a entablar la acción real correspondiente, de modo que cuando se le exhiba el título de la demanda, dicha promoción satisface los fines de una interpelación judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 3939/43. Robles de Uriza Isabel. 7 de noviembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.