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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 897
ESCRITURAS PUBLICAS, COPIAS DE LAS, QUE NO SON TITULOS EJECUTIVOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 897
La fuerza ejecutiva atribuida al primer testimonio de una escritura pública, de acuerdo con los artículos 8o. del Código Civil y 430, 443, 461 del Código de Procedimientos Civiles, no la comparten los ulteriores sino cuando se hayan expedido por mandato judicial, con citación de la persona a quien interesan, porque desaparece la presunción de existencia del crédito que justifica su eficacia procesal, ya que el hecho de que el actor exhiba un segundo testimonio, sugiere la posibilidad de que el primero obre ya en poder del demandado, por pago de la deuda o por otro motivo, que hace necesaria la audiencia del mismo, para que el segundo testimonio traiga aparejada ejecución; y no obsta que la Suprema Corte haya establecido que segundos y ulteriores testimonios tengan pleno valor probatorio, porque una cosa es tal valor y otra que traigan aparejada ejecución.
Precedentes
Amparo civil directo 6016/53. Chellet Osante Roberto. 15 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XCII, página 381, tesis de rubro "ESCRITURAS PÚBLICAS, COPIAS DE LAS, QUE NO SON TÍTULOS EJECUTIVOS (LEGISLACIÓN DE GUANAJUATO).".