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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385643
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 30
PODERES GENERALES PARA ACTOS DE DOMINIO, SUSTITUCION DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 30
Si en un poder general no se consignan limitaciones, debe entenderse que el mandato se otorga sin limitación alguna, y por tanto, que el mandatario está facultado para sustituir el poder, dado que en los poderes generales para actos de dominio, el mandatario tiene todas las facultades del dueño, entre las cuales se comprende, sin duda alguna, la de otorgar poder a otra persona.
Precedentes
Amparo civil directo 4548/49. Pallás Pérez Carlos. 1o. de julio de 1952. Mayoría de cuatro votos. El Ministro Mariano Azuela negó el amparo por considerar que se ratificó un mandato inicialmente irregular. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Angel González de la Vega.