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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 75
REIVINDICACION Y NULIDAD, ACCIONES DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 75
No es contraria la acción de nulidad de las diligencias de información ad perpetuam, frente a la acción reivindicatoria que proponga el actor, pues se puede decir que el examen y decisión de la primera depende de la comprobación y procedencia de la segunda, y de ninguna manera involucra conceptos contradictorios, sino que la acción de nulidad depende del éxito de la reivindicatoria.
Precedentes
Amparo civil directo 9207/46. Sánchez Patricio. 2 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Relator: Felipe Tena Ramírez.