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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 378
SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR, INTEGRACION DE LAS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 378
De conformidad con los artículos 103 de la Constitución del Estado y 39 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del mismo, la firma de uno de los Magistrados que integran una Sala colegiada, no es elemento esencial de la sentencia, y su omisión no le afecta como acto jurídico, sino sólo como documento público destinado a constatar la expresión del juicio de la Sala sentenciadora sobre la cuestión sometida a su decisión, y una vez autorizada con la firma del funcionario omiso, son plenas su eficacia y fuerza probatorias. Ahora bien, como la sentencia es un acto jurídico consistente en que los tres Magistrados, en uso de sus facultades y deberes expresen o aun en sus voluntades, previas las deliberaciones conducentes para confirmar, revocar o modificar el fallo recurrido, la sentencia no produce efecto jurídico alguno si no hay ese acuerdo o manifestación de voluntades necesarias para su sanción. Por tanto, demostrado que una Sala pronunció una sentencia cuando uno de los Magistrados componentes se encontraba gozando de licencia, es evidente que tal acto, estando desintegrada la Sala, no constituye una sentencia que con autoridad de cosa juzgada obligue al afectado, máxime si consta que la Sala que la pronunció no fue integrada llamando a un Magistrado supernumerario, en los términos de los artículos antes mencionados.
Precedentes
Amparo civil directo 5591/ 47. Valdez Epifania. 31 de julio de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.