Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/385686
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385686
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 422
COMPENSACION, REQUISITOS PARA LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 422
Aunque la ley señala que la compensación sólo se realiza entre créditos líquidos, no hay que tomar las palabras al pie de la letra ni en un sentido completamente restringido, porque puede haber el consentimiento de una liquidación parcial, y reservarse la liquidación total, caso en el que si cabe la compensación.
Precedentes
Amparo civil directo 2173/46. Martínez Pacheco Juan, sucesión de. 5 de agosto de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Mariano Azuela. Disidente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.