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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 547
ARRENDAMIENTO, DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1947.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 547
El decreto de 30 de diciembre de 1947, es inaplicable tratándose de un juicio rescisorio por falta de pago puntual de las rentas, ya que su aplicación está reservada a las cuestiones suscitadas con motivo de la terminación del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 8460/48. Fernández Vera Salvador. 18 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.