Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/385702
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 631
CONFESION FICTA, FUERZA DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 631
La simple confesión ficta de que no se reconoce lo manifestado en un punto determinado de la contestación a la demanda, es ineficaz para destruir lo que expresamente afirmó en ese punto la misma persona que fue declarada confesa, y más aún para considerar probado el hecho a que se refiere la negativa.
Precedentes
Amparo civil directo 4879/49. Barquet Dib. 22 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.