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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 689
REIVINDICACION, ESTUDIO DE TITULOS EN LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 689
Si el Juez a quo dictó sentencia adversa al demandante, teniendo por no probada la acción que dedujo, en orden a la idea de que los títulos del actor no abarcaban el terreno reclamado, y el Magistrado ad quem concluyó que el bien sí se abarcaba en esa titulación, debe ocuparse de comparar los títulos exhibidos por las dos partes y estudiar todas las pruebas aportadas al juicio para poder determinar, con pleno conocimiento de los datos visibles en autos, a quien correspondía efectivamente la propiedad del terreno en cuestión, y resolver en consecuencia sobre las pretensiones de los sujetos litigantes, y si no lo hizo y tuvo por probada la acción reivindicatoria, salvando esa comprobación indispensable tal sentencia en tal aspecto, y consecuentemente en el de condenación en costas, es violatoria de garantías y procede conceder el amparo que contra ella se pide, para que se dicte nuevo fallo en el sentido que se estime procedente, después de realizar el estudio omitido.
Precedentes
Amparo civil directo 5154/52. Garza Alanís Juan. 29 de agosto de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Angel González de la Vega. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.