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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 695
PETROLEO, NATURALEZA DE LOS CONTRATOS DE EXPLOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 695
El contrato de arrendamiento para exploraciones y explotaciones petroleras, es un acto mercantil, conforme al artículo 18 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en el ramo de petróleo, contrato que no pierde tal carácter por el hecho de que no esté reglamentado expresamente en el Código de Comercio, pues a falta de disposiciones en dicho ordenamiento sobre determinada figura contractual, nominada o innominada, son aplicables las del derecho común, conforme a los artículos 2o. y 81, del multicitado Código Mercantil. Por tanto, la vía ordinaria mercantil es inobjetable para reclamar la rescisión de uno de dichos contratos cuando la demandada celebró el acto de comercio, pues es la que señala con toda precisión el artículo 1050 del multicitado Código de Comercio, al preceptuar que si en la celebración de un contrato una de las partes realiza un acto de comercio y la otra un mero acto civil, y este contrato da lugar a un litigio, la contienda se seguirá en la vía mercantil si la parte que celebra el acto de comercio fuere la demandada.
Precedentes
Amparo civil directo 5187/49. Compañía Petrolera "La Norma", S. A. 3 de septiembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.