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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385742
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 943
TERCEROS EXTRAÑOS AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 943
Inspirado nuestro derecho en las antiguas leyes españolas, ha admitido siempre que el tercero puede excepcionarse en contra de la sentencia a la que fue ajeno, así como que le asiste el derecho de reclamar su nulidad, si le perjudica.
Precedentes
Amparo civil directo 1105/43. Torres Oscar. 29 de septiembre de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Gabriel García Rojas.