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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 945
PRENDA MERCANTIL, REQUISITOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 945
De la lectura de los preceptos que se ocupan de la prenda mercantil en la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, puede apreciarse que sólo admiten la entrega real del bien para que la prenda se constituya, mas no la entrega jurídica. Por tanto, si tales disposiciones admiten sólo la entrega real de la prenda para que el contrato se integre, es obvio que no podría aplicarse al respecto, como supletorio, el Código Civil para el Distrito y Territorios Federales; en la inteligencia de que no fue por mera omisión por lo que en materia mercantil dejó de admitirse que la prenda se entendiera entregada jurídicamente, sino por razones de fondo.
Precedentes
Amparo civil directo 1105/43. Torres Oscar. 29 de septiembre de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Gabriel García Rojas.