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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1164
TITULOS DE CREDITO, INTERRUPCION DE LA PRESCRIPCION
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 1164
La prescripción no se interrumpe hasta el emplazamiento, sino por la mera presentación de la demanda, de acuerdo con la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, cuyo artículo 166 previene, en su segundo párrafo, que la demanda interrumpe la prescripción, aun cuando sea presentada ante Juez incompetente.
Precedentes
Amparo civil directo 4078/41. Santoyo Manuel. 26 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.