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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 126
CADUCIDAD EN EL AMPARO, SOBRESEIMIENTO POR CAUSA DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 126
La frase "todos los juicios de amparo actualmente en trámite" que emplea el artículo 5o., transitorio, de la Ley de Amparo reformada, debe entenderse referido sólo a aquellos en que al iniciarse la vigencia de las reformas, ya se hubiere notificado al quejoso el auto de admisión de la demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 9158/50. Díaz Margarita. 21 de octubre de l952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Matos Escobedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.