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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 149
ARRENDAMIENTO RESCISION DEL, POR CAMBIO DE DESTINO DEL LOCAL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 149
Cuando se celebra un nuevo contrato de arrendamiento, con relación a una casa en que el arrendatario tiene establecido al mismo tiempo su habitación y comercio, desde fecha anterior a la celebración de ese nuevo contrato con el arrendador, debe estimarse que aun cuando en el nuevo contrato se ponga otro destino, si el arrendador conoce tal situación, no puede considerarse que se haya cambiado el uso de la finca, después de celebrar dicho contrato, sino que debe presumirse fundadamente, que el arrendador consintió tácitamente, al contratar con el arrendatario, en que éste quedaría en las mismas condiciones en que estaba antes de celebrarse el nuevo contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 983/51. Vázquez García Isidro. 15 de abril de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.