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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 352
AMPARO, FALTA DE CONSTANCIAS EN LOS AUTOS DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 352
Si el quejoso no tiene cuidado de aportar al juicio de amparo las constancias relativas en las que funde su agravio, la Suprema Corte carece de elementos para juzgar acerca de la procedencia de los conceptos violatorios, para resolver los cuales necesariamente debe tener a la vista, y por tanto, no tiene base para conceder el amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 7460/44. La Giralda, S. A. 21 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. Ponente: Gabriel García Rojas.