Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/385854
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 449
REIVINDICACION, TITULOS PARA LA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 449
Si el documento con el cual pretende acreditar el actor su propiedad, es una simple copia, no autorizada por el funcionario a quien la ley encarga su expedición, tal documento no hace prueba plena respecto al dominio que afirma tener sobre el inmueble, materia de la reivindicación.
Precedentes
Amparo civil directo 8594/50. Bello Lucino M. 24 de abril de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes. Ángel González de la Vega y Mariano Azuela Rivera, (Ponente).