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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 641
CONTRAFIANZA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 641
Debiendo la contrafianza asegurar las prestaciones previstas por el artículo 126, en relación con el 193 de la Ley de Amparo, si no se señala el monto de dicha garantía, ésta puede resultar ilusoria o insuficiente; máxime si el contrafiador admitido sólo justificó su solvencia con un recibo de contribuciones, por un capital de quinientos pesos.
Precedentes
Queja en amparo civil 141/51. Arreola Federico. 30 de abril de 1952. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.