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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 778
OBLIGACIONES, CUMPLIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 778
Las obligaciones han de ejecutarse dentro de los postulados de la buena fe, y nadie, para substraerse a las consecuencias de un compromiso que asumió, puede alegar su propia falta, máxime que la validez y cumplimiento de las obligaciones no pueden quedar al arbitrio del obligado.
Precedentes
Amparo civil directo 8928/48. Camacho de Rangel Antonia. 6 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. Ponente: Ángel González de la Vega.