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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385872
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 869
PAGO, OFRECIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 869
El acreedor no está obligado a recibir una cantidad que no puede servir de pago total, y que no se ofrece como pago parcial para obtener del deudor, dentro de tiempo, el derecho de pagar con determinada moneda.
Precedentes
Amparo civil directo 5113/51. Banco Hipotecario, S.A. 7 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Relator: Felipe Tena Ramírez.
Quinta Epoca:
Tomo CXII, página 2500. Indice Alfabético. Amparo civil directo 5112/51. Banco Mercantil de Monterrey, S.A. 7 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.