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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 869
PAGO, FORMA DE HACERSE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 869
Sólo la moneda en curso legal tiene valor liberatorio, y por tanto, un acreedor no está obligado a recibir en pago un cheque certificado, que carece de poder liberatorio, y máxime si está perjudicado por contener varios endosos.
Precedentes
Amparo civil directo 5113/51. Banco Hipotecario, S.A. 7 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Relator: Felipe Tena Ramírez.
Quinta Epoca:
Tomo CXII, página 2500. Indice Alfabético. Amparo civil directo 5112/51. Banco Mercantil de Monterrey, S.A. 7 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.