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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1681
SOCIEDADES, FUSION DE HECHO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1681
Cuando una sociedad es íntegramente absorbida por otra, ocurre una fusión de hecho, y si bien es cierto que dicha fusión adolece de notorias irregularidades, desde el punto de vista jurídico, como los artículos de la Ley General de Sociedades Mercantiles que norman el procedimiento a que debe ajustarse la fusión, responden de manera notoria al propósito de proteger los intereses de los acreedores de la sociedad que desaparece, tal irregularidad jurídica en el caso, no puede ser invocada por la nueva sociedad, para eludir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la empresa la que ha absorbido de manera integral, porque nadie puede invocar su propio dolo.
Precedentes
Amparo civil directo 6446/42. Conquistador, S. A. 19 de junio de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.