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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385912
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1696
INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESION (LEGISLACION DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1696
El hecho de que el demandado en un interdicto de recuperar la posesión se niegue a desalojar e incluso el de que se oponga a que entre el actor, no puede justificar la acción interdictal, si no está demostrado que haya sido por actos del demandado, que el actor perdió la posesión que alguna vez tuvo, y si el actor es el propietario del inmueble, tal situación podrá hacer prosperar una acción plenaria o reivindicatoria, pero no basta para recuperar la posesión, mediante el interdicto mencionado.
Precedentes
Amparo civil directo 2944/50. Gutiérrez Eulalia. 20 de junio de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente : Ángel González de la Vega y Gabriel García Rojas. Ponente: Rafael Matos Escobedo.