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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2245
LETRAS DE CAMBIO, ENDOSOS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2245
Al establecer el artículo 37 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que el endoso posterior al vencimiento del título surte efectos de cesión ordinaria, implícitamente se está refiriendo al endoso en propiedad, que es el único que transfiere el derecho real sobre el título y todos los derechos en él incorporados, y por lo mismo, el endoso en procuración no puede convertir un mero mandato en una cesión de derechos.
Precedentes
Amparo civil directo 2717/48. González G. J. Guadalupe. 18 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe Tena Ramírez.