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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 94
CONFESION FICTA.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 94
Una vez planteada la litis, el Juez no puede ampliarla a cuestiones no planteadas, ni menos puede el demandado por confesión ficta o expresa, aceptar otro hecho distinto a la materia del debate.
Precedentes
Amparo civil directo 8240/50. Medina Anselmo G. 7 de enero de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Angel González de la Vega y Felipe Tena Ramírez. Ponente: Gabriel García Rojas.