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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 139
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 139
El artículo 424 del Código de Procedimientos Civiles, instituye la facultad del Juez para dar prevalencia, de acuerdo con su convicción, a las pruebas libres sobre las pruebas legales, entendiendo por estas últimas, aquellas cuya valoración está regulada por la ley; con lo cual dicho precepto acoge el principio consagrado por el moderno derecho procesal, de que la convicción del Juez debe formarse libremente.
Precedentes
Amparo civil directo 362/51. Ortega Ruiz Ricardo. 9 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe Tena Ramírez.