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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 405
JUECES DE PAZ, RECURSOS CONTRA LOS FALLOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 405
Las sentencias de los Jueces de paz no admiten más recurso que el de responsabilidad, y deben ser reclamados inmediatamente en amparo, pues el hecho de acudir a recursos improcedentes, da lugar a tener la sentencia por consentida.
Precedentes
Amparo civil directo 6811/45. Galicia Puluña Pascuala. 17 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.