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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 843
EJECUTORIAS DE LA CORTE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 843
El hecho de que el juzgador no aluda a determinadas ejecutorias de la Suprema Corte que no fueron invocadas cono jurisprudencia, puede significar que no las considera aplicables, o que no comparte las tesis que en ella se adopten, y no que está obligado a emitir una opinión expresa sobre el particular, cuando se trate de ejecutorias aisladas y no de jurisprudencia.
Precedentes
Amparo civil directo 8386/48. Gutiérrez Octavio. 7 de febrero de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.