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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 844
TESTIGOS, PRUEBAS DE.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 844
El hecho de que las personas presentadas como testigos, sean arrendatarios de bienes distintos de los que son materia de un interdicto, es suficiente para que su testimonio pueda ser veraz, pero si dichos testigos son conceptuados como arrendatarios del bien disputado, el reconocimiento de esa situación es vigoroso indicio en el sentido de que el actor arrendador, tiene la posesión del predio arrendado.
Precedentes
Amparo civil directo 8386/48. Gutiérrez Octavio. 7 de febrero de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Disidente: Gabriel García Rojas. La publicación no menciona el nombre del ponente.