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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 385999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1199
PAGARES, REQUISITOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1199
La falta del requisito del pago incondicional en un pagaré, hace que éste pierda su carácter ejecutivo y por tanto, es violatorio de garantías la sentencia que entre al fondo del asunto, sin estudiar la procedencia de la vía, y el amparo contra ella debe concederse para el efecto de que se dicte nuevo fallo en el que se declare improcedente la vía, reservando los derechos del acreedor para que ejercite su acción en la vía y forma que corresponda.
Precedentes
Amparo civil directo 350/41. Ruiz viuda de Cruz Manuela y coag. 18 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Gabriel García Rojas.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXV, página 6533, tesis de rubro "PAGARES MERCANTILES, PROMESA INCONDICIONAL DE PAGO, COMO REQUISITOS DE LOS.".