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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2127
APELACION, DEMORA EN REMITIR LOS AUTOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2127
La demora en remitir los autos al tribunal de apelación, dentro del término legal, no puede ser motivo para revocar o modificar la sentencia que se revisa, pues esta dilación sólo trae aparejada la responsabilidad personal del Juez, ajena por completo a la disputa de fondo de los contendientes.
Precedentes
Amparo civil directo 6947/48. Benavides Anastasio. 26 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Relator: Gabriel García Rojas.