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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386046
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2126
RECUSACION.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2126
Si no aparece probado que se haga valer la recusación en primera instancia, cuando se estima que hay causa para ello, la falta de inhibición del funcionario que debía haberse recusado, no puede ser alegada por vía de agravio, contra la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo civil directo 6947/48. Benavides Anastasio. 26 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Relator: Gabriel García Rojas.