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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2286
RENTAS, CONSIGNACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2286
Si el acreedor arrendador se niega a recibir el pago de las rentas, la consignación tiene por necesidad que realizarse con fecha posterior al vencimiento del término, y cuando la repulsa ha sido sistemática, en equidad no es posible reputar moroso al arrendatario que consigna la prestación debida, apenas siete días después del vencimiento.
Precedentes
Amparo civil directo 6412/50. Juárez Efrén. 21 de agosto de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Disidente: Mariano Azuela. Ponente: Angel González de la Vega.