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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 386073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 225
LETRAS DE CAMBIO, PAGOS PARCIALES EN LAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 225
Los abonos parciales a una letra, sólo valen si han sido consignados en el texto mismo del título, cuando se trata de pagos parciales, realizados a propietarios anteriores; pero tratándose de abonos hechos al último tenedor propietario que acude a ejercitar su acción cambiaria, el obligado evidentemente puede oponer como defensa tales pagos, aun cuando no hubieran sido consignados textualmente en el documento, dado que es una excepción personal permitida por la ley, y con ello no se perjudica ni la circulación ni la seguridad ni la confianza del crédito.
Precedentes
Amparo civil directo 3225/47. Hernández de la Torre Emilio. 8 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.